Nadia Morales, la niña asesinada por una bala perdida en abril de 2021

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Jueza del caso Nadia: acusados dispararon "indiscriminadamente con total indiferencia del resultado"

Aunque sabía que había niños cerca "nada los detuvo", indicó la jueza Blanca Rieiro en su fallo.
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13 de junio de 2023 a las 05:01

El juicio por el homicidio de Nadia Morales (12 años) fue largo; también conversado y podía percibirse que la situación estaba, todo el tiempo, a punto de explotar. Uno de los acusados, apodado El Gordo, era nervioso y hablaba mucho, incluso interrumpiendo a quienes hablaban. Los cruces entre la Fiscalía y los abogados defensores fueron muchos y duros, tanto que terminaron acusándose de no actuar moralmente. Pero este lunes, cuando la jueza Blanca Rieiro leía la sentencia, aquella escena que supo ser un volcán a punto de erupcionar, se volvió un inconmovible silencio.

La jueza, que en las audiencias anteriores se había mostrado agradable y conversadora, se limitó a leer con firmeza el fallo y cerró la audiencia con un escueto: "¿Alguien tiene algo más para manifestar?". En el medio, contó como, a su juicio, quedó totalmente probada la teoría de la fiscalía sobre cómo una bala perdida que dispararon los acusados –El Gordo y El Moco– terminó con la vida de Nadia Morales, una niña que vivía en una casa de chapa que fue perforada por el proyectil mientras ella hacía los deberes.

Así, Rieiro fue hilvanando las declaraciones de los parientes de Nadia que se encontraban con ella al momento del crimen –madre, hermanos, abuela– y otros testigos, como el vecino de al lado que era el verdadero objetivo de los atacantes, así como la prueba pericial que ofreció la Fiscalía de Homicidios de 2o Turno, representada por Mirta Morales y Micaela Dávila. Los testigos "depusieron en forma ordenada, secuencia por secuencia y sin fisuras, la forma y ejecución de los hechos y el resultado fatídico para Nadia", señala el fallo leído en la audiencia que presenció El Observador

El Gordo y El Moco fueron a buscar a un vecino de Nadia con el que habían tenido un desencuentro. Como el joven tenía 17 años, salió su padre en su nombre, al que golpearon varias veces y, según la sentencia, como no "entregaba" a su hijo, dispararon al lugar más de 30 veces. Una de las balas perforó la pared de chapa de Nadia y la mató, cuando la niña estaba haciendo los deberes. Después de eso, su hermano, que en ese momento era menor de edad, salió con ella en brazos y les pidió a los atacantes –que se movían en auto– que la llevaran al hospital, a lo que se negaron. 

Para Rieiro, los acusados, "al retirarse y al no conseguir su finalidad comenzaron indiscriminadamente a efectuar disparos contra la precaria vivienda la que se encontraba unida a la finca modesta de la niña Nadia, con total indiferencia sobre el resultado y con conocimiento de la existencia de niños en la finca". Pese a que sabía que en la vivienda del vecino habían niños –tenía una hermana de 1 año, a la que vieron, aunque también conocían a la familia Morales– "nada de ello los detuvo, efectuaron los disparos recuperándose 34 vainas calibre 9x19 mm que Policía Científica relevó y que se encontraban a simple vista luego del hecho delictivo". 

El Gordo, a diferencia del Moco, ofreció testigos en juicio que apuntaban a sacarle responsabilidad. E incluso declaró en el proceso, cuando dijo que él había ido allí a pedido del Moco para solucionar pacíficamente un conflicto, dado que él solía oficiar de mediador en varios problemas del barrio.

Para la jueza, eso "carece de sustento probatorio" y buscaba que "la responsabilidad recayera únicamente" sobre El Moco.

"El día de los hechos la conducta del acusado (El Gordo), dista mucho de ser la argumentada en el devenir del juicio y de su propia declaración, el cual se presentó como un paladín justiciero, con la finalidad de lograr la paz entre los vecinos. Por el contrario la prueba recolectada y producida en juicio dan cuenta de la violencia que desplegó el día de los hechos y la indiferencia con la que actuó en el contexto situacional en que se dio la muerte de Nadia, horas de la noche, mientras la niña estaba haciendo los deberes, sus hermanos cenando, su madre y abuela mirando televisión, en una finca humilde de paredes livianas de chapas, pegada a la finca a la que concurrió con armas de fuego de gran calibre. Tal conducta se encuentra alejada del vecino mediador con lo que pretende aminorar su responsabilidad", valoró la jueza.

Los condenó por lesiones graves, violencia privada y homicidio muy especialmente agravado a título de dolo eventual. Esto se debe a que si bien su objetivo no era matar a Nadia, por estar a los tiros en esas circunstancias, preveían que podía pasar y no se detuvieron. El abogado del condenado apodado El Moco, Cristóbal González, señaló a El Observador que apelará la decisión. 

Apercibimiento para una de las abogadas

En los alegatos finales, la fiscal Mirta Morales había pedido que se sancionara a una de las abogadas de El Gordo, Lorena Mercurio. Esto ocurrió porque antes de que comenzara el juicio, la Fiscalía había denunciado que un grupo de personas, que presuntamente hablaba en nombre del Gordo, había ido a buscar al vecino agredido, y testigo del homicidio, con un audio de lo que había declarado en Fiscalía y a punta de pistola le habían hecho grabar otra declaración.

Pocos días después, cuando la defensa de El Gordo estaba ofreciendo sus testigos, pidió ingresar como "prueba nueva" la declaración de un testigo que supuestamente iba a echar luz sobre lo sucedido. En ese momento, la jueza, visiblemente enojada, lo rechazó porque no surgía cómo el audio "fue realizado, en qué contexto, la fecha y la circunstancia". 

"Pretenden ingresar una prueba que, por supuesto, es ilegítima, ilegal, impertinente, inconducente y que viola el principio de lealtad procesal que usted le debe a todas las partes de este proceso", le contestó, tajante, a la abogada. Mercurio apeló y el Tribunal de Apelaciones confirmó la decisión de Rieiro. 

Ahora, en su fallo, indicó que "la conducta desplegada por los defensores" Mercurio y Diego Etcheverrito (ambos defienden al Gordo) "acredita la desesperación para evitar una condena, cuando pretendieron ingresar en forma extemporánea, una prueba manifiestamente ilegal y para asombro, una prueba que ingresaría una testigo, la cual contendría una declaración diferente a la ya prestada en audiencia con todas las garantías y en presencia de los imputados". 

Por eso aceptó el pedido de la Fiscalía y dispuso el apercibimiento de Mercurio, lo que implica una comunicación de lo sucedido a la Suprema Corte de Justicia.

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